Las empresas que cotizan por contingencia de formación profesional con centros de trabajo abiertos en el territorio español disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que pueden bonificarlo íntegramente en los seguros sociales, y que varía en función del número de trabajadores y de la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de Formación Profesional en el año anterior.
Tienen derecho a esta formación todos los trabajadores que estén acogidos al régimen general, independientemente del tipo de contrato y del número de horas que estén contratados.
Los créditos se hacen efectivos mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada la formación.
Este crédito es anual y no acumulable por lo que los créditos que no se consumen en un año en cursos de formación se pierden.
Las empresas interesadas en realizar la formación y la gestión de sus créditos con Grupo ON deberán rellenar y enviar la hoja de adhesión a nuestro Convenio de Agrupación de Empresas (descargar) de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 395/2007 de 27 de julio y normativa anexa así como una Hoja de inscripción (descargar) por cada trabajador interesado en recibir formación. En el caso de que la empresa tenga representación legal de los trabajadores ésta deberá rellenar y firmar el Informe del Representante Legal de Los Trabajadores (descargar).
La documentación, una vez cumplimentada, deberá enviarla a Grupo ON por fax al 958 750 611 y por correo ordinario a Grupo ON, Psicólogos Consultores, S. L. en Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud, Avenida de la Innovación nº 1, naves 2-4 (CADE) – 18100 de Armilla (GRANADA). Con ello Grupo ON podrá gestionar su tramitación ante la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
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